Cómo tramitar la visa de nómada digital para España y qué beneficios tiene
Obtener la visa de nómada digital en España puede ser más sencillo de lo que piensas, siempre y cuando cumplas con ciertos requisitos. (Imagen Ilustrativa - FreePik)

La visa de nómada digital para España es un permiso de residencia de tres años que puedes solicitar directamente desde España como turista o desde tu país de origen en el consulado español. Básicamete permite a ciudadanos extracomunitarios tanto residir como trabajar en España de forma remota o presencial.

Si bien es cierto que este visado ofrece grandes ventajas fiscales, también lo es que, de acuerdo con el Programa de Residencia para Inversores y Emprendedores (PRIE) debes cumplir con ciertas pautas:

  • Trabajar para una empresa que te permita trabajar a distancia desde España (por cuenta ajena).
  • Ser un autónomo (profesional por cuenta propia) con clientes en el extranjero.
  • Obtener tus ingresos de diferentes fuentes online fuera de España.

Visa de nómada digital: cuáles son sus principales beneficios

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Los nómades digitales pueden solicitar la visa en España. (Imagen Freepik).

La visa para teletrabajadores de carácter internacional cuenta con una serie de beneficios para quienes finalmente logren tenerla:

Resolución rápida: Consigue tu residencia en tan solo 20 días tras presentar la solicitud.

Incluye a tus familiares: Permite que tus familiares también consigan la residencia (sin requisitos extra).

Viaja libremente por la UE: Con esta residencia podrás viajar y moverte libremente por toda la Zona Schengen.

Ahorra impuestos: Benefíciate de un régimen fiscal ventajoso y paga únicamente 24% sobre tus ingresos.

Solicitud desde España:

  • Completa el proceso de solicitud directamente desde España como turista.
  • Consigue la residencia permanente y nacionalidad
  • Los años con esta tarjeta contarán para tu residencia permanente o ciudadanía.

¿Qué documentación debes presentar para obtener la visa de nómada digital?

El solicitante deberá estar en posesión del número de identificación fiscal (NIE) en el momento de la solicitud. El NIE se gestiona en la siguiente dirección: [email protected]. Los documentos redactados en otros idiomas deberán ir acompañados de traducción jurada al español. Además, los documentos oficiales emitidos por autoridades distintas de las españolas deberán ir debidamente legalizados o apostillados.

Documentación requerida:

1. Copia de pasaporte completo en vigor, con una duración mínima de tres meses posterior a la estancia prevista en España. Si es residente en Turquía, debe contar con una residencia de larga duración acreditada.

2. Certificado de empadronamiento (Ikametgah Tezkeresi).

3. Tasa de visado: 85 USD en metálico y exacto.

4. Formulario de solicitud de visado firmado por la persona teletrabajadora.

5. Acreditación de una relación laboral o profesional a la fecha de solicitud con la empresa o empresas extranjeras con las que mantiene dicha relación (mínimo de tres meses anteriores a la solicitud). Para ello debe aportar un certificado de la empresa que refleje:

Si es trabajador por cuenta ajena, la antigüedad del trabajador en la empresa, así como el permiso explícito de la empresa al trabajador para realizar su trabajo en remoto.

Si es un trabajador por cuenta propia, la antigüedad de la actividad que desarrolla, así como los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.

6. Acreditación de una actividad real y continuada de la empresa o grupo de empresas. Para ello debe aportar:

  • Certificado de registro mercantil o similar en el que se refleje la fecha de constitución de la empresa y tipo de actividad.
  • Certificado de la Agencia Tributaria de Turquía (o del país donde declare su actividad) de la declaración de renta, beneficios o similar del año anterior. (Si se trata de un certificado no expedido por autoridades extranjeras debe venir debidamente legalizado / apostillado).

7. Carta de la empresa extranjera autorizando el trabajo en remoto. Esta carta debe estar firmada por un representante de la misma, cuya personalidad debe acreditarse fehacientemente.

8. Documentación que acredite los términos y las condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.

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Para solicitar la visa de nómade digital en España debes cumplir varios requisitos. (Imagen Freepik).

9. Acreditación de recursos económicos:

  • Titular de la solicitud del visado de teletrabajo: 200% del Salario Mínimo Interprofesional.
  • Familiares: primer familiar 75%, restantes 25%.

Se debe tener en cuenta que en el caso de ascendientes o descendientes mayores de 18 años deben demostrar dependencia económica del titular de la solicitud y no haber constituido unidad familiar propia (art.62.4).

10. Certificado de antecedentes penales del país o países donde haya residido durante los dos últimos años, debidamente legalizado, y una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes en los últimos cinco años.

11. Acreditación de un seguro de enfermedad público o privado que proporcione coberturas equiparables a las provistas por el Sistema Nacional de Salud. El seguro deberá ser concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España y debe permanecer activo durante el periodo de vigencia de la autorización, no considerándose válidos los seguros de viaje.

Si la persona solicitante está cubierta por una norma internacional de coordinación de sistemas de seguridad social y ésta sí prevé la cobertura sanitaria en España, deberá acreditarlo mediante el certificado de derecho emitido por la institución competente del Estado en cuyo sistema de seguridad social esté asegurado.

12. Declaración responsable donde figure el compromiso de cumplimiento, con carácter previo al inicio de la actividad laboral o profesional, de las obligaciones en materia de seguridad social. En caso de no cobertura mediante norma internacional de coordinación de sistemas de seguridad social y trabajo por cuenta ajena, acreditación de la inscripción de la empresa, o justificación de solicitud de su inscripción en la Seguridad Social.

13. Original y copia de la acreditación de la titulación o experiencia profesional establecida en el art 74.bis de la Ley de la siguiente forma:

Acreditación de la condición de graduados o postgraduados de universidades de reconocido prestigio. Esta acreditación se realizará mediante la presentación de la titulación o de la documentación que acredite una experiencia profesional mínima de tres años en funciones análogas a las del puesto a desempeñar y que pueda considerarse equiparable a la referida condición de titulación.

En el caso de pretender el ejercicio de profesiones reguladas, se debe acreditar la homologación del título conforme a la normativa sectorial relativa a su ejercicio.