
En México, los días feriados y de asueto están diseñados para proporcionar a los trabajadores un descanso de sus actividades cotidianas, permitiendo la conmemoración de festividades cívicas o religiosas. Un caso interesante a destacar es el de la celebración del Día de Muertos, una festividad arraigada en la cultura mexicana que se celebra el 1 y 2 de noviembre.
Esta celebración, aunque ampliamente observada en el país, no figura entre los días de descanso obligatorio reconocidos por la LFT. A pesar de ello, muchas personas se preguntan si deberían cobrar doble en Día de Muertos cuando trabajan durante estas fechas. Cuál es el escenario actual para aclarar las dudas que puedan surgir al respecto.
Qué dice la ley
La LFT establece en su Artículo 74 cuáles son los días de descanso obligatorio. Estos días incluyen fechas emblemáticas como el 1 de enero (Año Nuevo), el 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo), el 16 de septiembre (Día de la Independencia), entre otros.
En estos días, los empleados que deban trabajar tienen derecho a recibir su salario normal más el doble de esa cantidad. Es decir, si laboran en un feriado, su empleador deberá pagarles un total de tres veces su salario diario.
Por otro lado, los días de asueto no tienen el mismo tratamiento que los feriados. Son fechas que, aunque se celebren a nivel nacional, no están reconocidas por la ley como de descanso obligatorio.
En estos casos, las empresas pueden decidir otorgar un descanso a sus empleados, pero no están obligadas a pagarles un salario adicional si el trabajador labora en dichos días. El Día de Muertos, celebrado el 1 y 2 de noviembre, entra en esta categoría de días de asueto.

Entonces… ¿Se debe cobrar doble en Día de Muertos?
A pesar de la importancia cultural del Día de Muertos, esta festividad no está contemplada en la lista de días feriados oficiales en México. La LFT no reconoce el 1 ni el 2 de noviembre como días de descanso obligatorio.
Por tanto, trabajar en Día de Muertos no garantiza un pago doble, ya que no se considera un feriado. Esto significa que, si un empleado trabaja durante estas fechas, recibirá su salario normal, sin ningún pago adicional, a menos que su contrato o convenio colectivo establezca algo diferente.
Es común que algunas empresas ofrezcan el 2 de noviembre como día de descanso para que los empleados puedan participar en las actividades tradicionales, como la colocación de ofrendas o la visita a los cementerios.
Sin embargo, este descanso es opcional y depende del acuerdo entre la empresa y el trabajador. En caso de que no se conceda el día libre, el trabajador deberá laborar como en cualquier otro día, sin derecho a recibir un salario extra.
Contexto del Día de Muertos en el ámbito laboral
El Día de Muertos es una de las tradiciones más representativas de México. Durante el 1 y 2 de noviembre, familias en todo el país preparan altares y ofrendas en memoria de sus seres queridos que han fallecido. Esta celebración se vive de manera especial en hogares, oficinas, escuelas y espacios públicos, con decoraciones típicas como las flores de cempasúchil, velas y calaveras de azúcar.
A pesar de la importancia social y cultural de esta festividad, desde el punto de vista laboral, estos días no son considerados feriados. El 1 de noviembre, conocido como el Día de Todos los Santos, y el 2 de noviembre, el Día de los Fieles Difuntos, no están incluidos en el Artículo 74 de la LFT, lo que significa que no se consideran descanso obligatorio. Esto aplica tanto para las empresas privadas como para las instituciones públicas.
Al no ser días de descanso oficial, las empresas no están obligadas a ofrecer un pago adicional a los empleados que trabajen durante el Día de Muertos. El salario que se debe percibir por trabajar estos días es el mismo que cualquier otro día laboral regular.
Consideraciones adicionales
Aunque el Día de Muertos no es un día feriado obligatorio según la ley, algunos sectores laborales pueden negociar condiciones especiales a través de contratos colectivos o convenios internos. En estos casos, si el contrato contempla el 2 de noviembre como un día de descanso con pago doble o una compensación extra por laborar, los empleados tendrían derecho a ese beneficio.
En resumen, la respuesta a la pregunta de si se debe cobrar doble en Día de Muertos es negativa. Según la normativa vigente, estos días no figuran entre los feriados oficiales y, por lo tanto, el pago por trabajar el 1 o 2 de noviembre es el salario regular diario. Sin embargo, dependiendo del sector y de los acuerdos entre empresa y empleado, pueden existir excepciones o compensaciones adicionales.